Programa de Prevención y Atención de la Violencia Familiar

Ante la gravedad de esta realidad, hemos puesto a consideración de la Comisión Comunal un proyecto para crear un Programa Comunal.

La violencia familiar es un comportamiento mucho más presente en nuestras sociedades de lo que pensamos. Es una realidad que generalmente se oculta debido al temor hacia el propio agresor familiar y a la condena social, no solo de quien ataca sino del conjunto de violentados.

Por eso es importante saber que la violencia familiar:

. Es una realidad que afecta y daña a muchas familias.
. Está fuertemente condicionada por patrones socioculturales que la generan y permiten.
. La sufren mayoritariamente las mujeres, los niños y las niñas, como consecuencia de los desequilibrios de poder en la familia.

La violencia familiar se da en un proceso, no surge “de golpe”, por eso es importante detectarla a tiempo, ya que se manifiesta de diversas formas:

Maltrato psicológico, cuando el agresor:

. controla, insulta, humilla o desvaloriza.
. persigue, vigila, acosa, amenaza.
. cela excesivamente.
. cuenta sus aventuras amorosas.
. amenaza con sacar a los chicos o acusa de no saber cuidarlos.
. critica el cuerpo de quien agrede, o la manera de hablar o de vestir.
. no permite estudiar, trabajar o recibir visitas.
. rechaza los afectos con indiferencia.
. utiliza el silencio como castigo (no habla).
. se aleja de la familia o de amigos y amigas.

Maltrato físico, cuando el agresor:

. empuja, escupe o patea, abofetea o golpea con los puños.
. arroja cosas: platos, cuchillos u otros objetos cortantes.
. corta, quema, lesiona, aprieta el cuello, agrede con armas.
. encierra para impedir salidas.
. obliga a realizar tareas que comprometen la salud.

Maltrato sexual, cuando el agresor:

. obliga a tener relaciones sexuales cuando no se desean.
. impone actividades sexuales que resultan dolorosas o desagradables.
. impide prevenir embarazos.
. no toma precauciones frente a infecciones o enfermedades de transmisión sexual.
. llega al uso de la fuerza física: la violación.

Maltrato económico, cuando el agresor:

. controla los gastos de manera obsesiva.
. impide tomar -o participar en- decisiones económicas.
. exige dinero u obliga a conseguirlo.
. niega la cuota alimentaria o entrega una cuota mínima e insuficiente.
. impide manejar el propio dinero de quien agrede.

En Franck, no podemos negar la existencia cada vez mayor de esta problemática que afecta directamente al núcleo principal de toda sociedad: la familia. Y no solo eso, sino que las niñas y niños hacen escuela de eso y muchas veces se toman como normales esas actitudes enfermas que conllevan a sembrar hacia el futuro una imagen de naturalidad de la violencia en los hogares.

En términos generales, la violencia es una de las formas más graves de violación a los derechos humanos y todos tenemos derecho a defendernos, para lo cual el Estado debe ofrecer los medios y los recursos para ello.

Por lo expuesto, el objetivo del proyecto que presentó Gastón Gardiol es asistir y prevenir la violencia familiar y promover, sobre todo, la no violencia hacia la mujer y los menores creando un PROGRAMA COMUNAL DE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA FAMILIAR, mediante la:

1) Formación de un Gabinete Interdisciplinario Psico-Socio-Jurídico, compuesto minimamente por un/a profesional de la psicología, otro/a de la asistencia social y otro/a del derecho, que funcione programadamente para las atenciones en el Centro Primario de Salud.

2) Organización de un ciclo de talleres y charlas sobre prevención, detección y tratamiento de la violencia familiar, que funcione con el asesoramiento y la participación directa de la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos para la Niñez, Adolescencia y Familia y de la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Santa Fe.

3) Difusión para la detección de esta problemática y los medios disponibles para su tratamiento.

Como marco normativo para su referencia, en su presentación, Gardiol adjuntó el texto de la Ley N° 11.529 de Violencia Familiar de la Provincia de Santa Fe y su Decreto Reglamentario N° 1.745/2001.

No hay comentarios: